A- de 2017
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Diana Milena Caicedo Muñoz·Demandado Consejo Superior De La Judicatura, Sala Disciplinaria Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de la Corte Constitucional para decidir cuando no cuenta con superior jerárquico común
- Aplicación del Decreto 1834 de 2015 respecto al reparto de acciones de tutela masivas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín y el Tribunal Administrativo del Cauca.
En el presente caso la Sala Plena observó que sobre el tema particular planteado en la solicitud de amparo existían diversos fallos que resolvieron otras tutelas con iguales características en cuanto a causa, pretensiones y parte accionada.
Tras verificar que se cumplen los presupuestos contemplados en el Decreto 1834 de 2015, la Corte decidió la controversia con la remisión del expediente a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín, para que de forma inmediata tramite la primera instancia y adopte la decisión de fondo que corresponda.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS del auto del 27 de mayo de 2016 proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín, dentro del expediente ICC-2822.
- SEGUNDO. REMITIR a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín el expediente ICC-2822, para que de forma inmediata tramite en primera instancia la acción de tutela que Milena Caicedo Muñoz instauró contra la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, Unidad de Administración de la Carrera Judicial y la Universidad de Pamplona.
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Tribunal Administrativo del Cauca.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.